El pasado 16 de noviembre del 2022 se celebraron las Elecciones Universitarias. En base a esto, la Corte Electoral resolvió que a partir del 1º de febrero de 2023 y por el término de 3 meses, para que los Docentes y Egresados puedan hacer efectivo el cobro de sus haberes de cualquier naturaleza en dependencias del Estado y empresas privadas en general, deberán presentar la constancia de emisión del voto, o en el caso de no haber votado, la constancia de justificación de no voto o del pago de la multa expedida por dependencias electorales.
A partir de esta misma fecha, todos los estudiantes, por el plazo de dos períodos consecutivos, al momento de inscribirse para rendir un examen, deberán presentar la constancia de emisión del voto o justificación de causal impeditiva.
No obstante, las Facultades o Institutos asimilados a Facultad deberán exigir la presentación de la constancia o la justificación del no voto a partir de los 90 días del acto eleccionario (14 de febrero de 2023) y por 120 días.
Las personas habilitadas para votar que sin causa justificada no votaron, tendrán las siguientes sanciones:
ORDEN ESTUDIANTIL: Imposibilidad de rendir exámenes durante 2 períodos consecutivos.
ORDEN DOCENTE: Multa de 5 UR, con el valor de la UR a la fecha del acto electoral.
ORDEN EGRESADOS: Multa de 5 UR, con el valor de la UR a la fecha del acto electoral.
* Valor de la UR a Noviembre 2022: $ 1.496,69